EXTINCIÓN DE DOMINIO

La acción de “extinción de dominio” consiste en la declaración judicial de la extinción del derecho de propiedad, control, disposición o posesión sobre bienes que hayan sido adquiridos mediante el fruto de actividades ilícitas o contrarias a la ley.

Entre los hechos ilícitos susceptible a la extinción de dominio aparecen el tráfico ilegal de drogas, sustancias controladas, humanos, personas, órganos y armas; infracciones relacionadas al terrorismo; pornografía infantil, secuestro, extorsión, falsificación de monedas, entre otros.

Ayer el Senado de la República aprobo el proyecto de Extinción de Dominio, con una votación favorable a unanimidad, la cual tiene como objetivo central regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos y establecer el procedimiento que permita hacer ese instituto efectivo.

La ya ley, sancionada con 29 votos favorables, pasará al Poder Ejecutivo donde deberá ser observada o promulgada.

Inmediatamente la Embajada de Estados Unidos en el país, que estaba detrás de la aprobación de esa ley, y la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (Anadive) expresaron su apoyo a la implementación de dicha Ley.

La Embajada considera que el Congreso Nacional tomó uno de los pasos más importantes en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción.

Ojalá que después de promulgada la Ley de Extinción de Dominio no empiece la casería de brujas.

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