Codeudor, fiador, garante o garante solidario, ¿cuál es la diferencia?

Dependiendo del nivel de riesgo y la capacidad de pago de los receptores de un préstamo, la entidad financiera requerirá que una o más personas también se comprometen a devolver la totalidad del monto concedido con sus respectivos intereses y cualquier otro cargo asociado.  

En determinados casos, además del deudor de un préstamo, se suele hablar de codeudores, fiadores, garantes y garantes solidarios. Quizá no te quede claro qué significa cada concepto. Por ello queremos definirlos y aclarar las implicaciones de cada uno.  

  • Codeudor: Para los fines de pago, contrae las mismas responsabilidades contractuales que el otro deudor. 
  • Fiador: Se trata de una tercera persona que, en caso de que el deudor incumpla con sus pagos, se compromete a responder. 

La responsabilidad primaria de la deuda no es suya. De hecho, en caso de impago, no se le puede reportar en los burós de crédito. Por lo cual, antes de que la entidad financiera le exija responder por el crédito, debe haber intentado que el deudor principal se ponga al día.  

Dependiendo de su nivel de compromiso, los fiadores pueden hacer uso de los derechos de excusión y de división, a menos que el contrato firmado con la entidad financiera manifieste de manera expresa que renuncia a esas prerrogativas.  

La excusión implica que el proceso de cobro siempre debe iniciar con el deudor. Mientras que la división se asegura de que el fiador solo es responsable de una parte de la deuda. 

  • Garante: Es un concepto equivalente al de fiador. Los términos se suelen usar de manera indistinta para referirse a la misma persona.
  • Garante solidario: Es un fiador que no ha puesto como garantía ningún bien o activo particular a ser embargado en caso de que el deudor incumpla con la deuda, pero se entiende que compromete su patrimonio de forma solidaria.

Si la garantía del fiador es un inmueble (casa, apartamento o terreno), se convierte en garante inmobiliario. 

En caso de que la garantía presentada por el fiador sea un bien mueble (vehículos, maquinarias, certificados financieros, cuentas de ahorros…), se trata de un garante prendario.  

Recuerda siempre tu deber de leer los contratos y  satisfacer todas las dudas concernientes a las condiciones del préstamo, así sabrás cuáles son tus derechos y deberes, y los de los demás participantes en el contrato.

Antes de tomar la decisión de dar o requerir apoyo a un familiar o amigo como fiador o codeudor, piensa cuidadosamente en los posibles escenarios si las cosas no salen como esperan.  Pregúntate cómo el incumplimiento del principal deudor podría afectar las finanzas de quien le está dando respaldo: ¿Podría asumir la deuda? ¿Qué sacrificios tendría que hacer para pagar ese dinero? En esta reflexión ten en cuenta la posibilidad de que una situación determinada genere fisuras en los lazos familiares o de amistad que ostentan.  Esto te ayudará a decidir a partir del conocimiento de las implicaciones y a estar listo/a si llega a tocar afrontar un escenario negativo que, ojalá, nunca se presente.

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