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Sentencia del Tribunal Constitucional cae como balde de agua fría en sectores cristianos

Santo Domingo.-Como un balde de agua fría cayó entre la comunidad cristiana de República Dominicana y otros sectores conservadores la Sentencia 1225/25 del Tribunal Constitucional, que suprime porciones de una ley que prohibía que los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas tengan relaciones homosexuales.

La sentencia en cuestión surgió a raíz de una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, en contra del artículo 210 de la Ley 285 del 1966.

Dicho texto definía como sodomía el concubinato entre personas de un mismo sexo y la sancionaba, en el caso de los oficiales, con penas de seis meses hasta dos años, y en el caso de los alistados, con penas de dos a seis meses de prisión.

Así como el 260 de la Ley 3483, que decía algo similar y penalizaba con hasta un año de prisión a los oficiales.

El desenlace del TC se produjo con decisión dividida y contó con el voto disidente de los magistrados Eunicis Vásquez Acosta y Army Ferreira.

En el caso de la primera, indicó que, en el supuesto de que se considerara vigente alguna parte de los artículos impugnados, su contenido debió ser interpretado dentro del marco constitucional que reconoce la existencia de un régimen disciplinario especial para los cuerpos armados y policiales, conforme a los artículos 252 al 257 de la Constitución.

Inadmisibilidad

Consideró que la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta debió ser declarada inadmisible por falta de objeto, al tratarse de disposiciones normativas que han sido derogadas por el legislador mediante la Ley núm. 278-04, y que, por tanto, carecen de operatividad jurídica.

Omisión
En el caso de la magistrada Ferreira, señaló que la sentencia incurrió en una omisión importante, ya que no especificó cómo se comprueba que las facultades disciplinarias aún subsisten en el ordenamiento jurídico.

“Esta omisión genera que la conclusión a la que se arribó en la sentencia sobre la vigencia de las normas cuestionadas carezca de veracidad y deja sin contenido la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional, pues no se basta a sí misma”, explicó Ferreira.

No obstante, mediante un voto salvado, los magistrados José Alejandro Ayuso, Sonia Díaz Inoa y Amaury A. Reyes Torres aseveraron que, aunque estuvieron de acuerdo con la sentencia, el razonamiento de la misma quedó incompleto al no realizarse bajo el prisma del artículo 39 de la Constitución, que consagra el derecho de la igualdad”.

La Constitución manda un trato en igual consideración y respeto a todas las personas, por lo que los poderes públicos están obligados a dispensar ese tratamiento a todos los dominicanos y a las dominicanas que desean prestar servicios militares al país que les otorga ese trato digno, lo que implica que no pueden existir personas de segunda clase o categoría por el solo hecho de que realicen actos íntimos con otros adultos en plena capacidad de consentir", aseguraron estos jueces.

Reacción del Codue

En respuesta a la sentencia, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), por intermedio de su vocero y dirigente, el pastor Feliciano Lacen, expresó fuertes críticas contra la referida sentencia y considera que la misma abre la puerta para permitir relaciones homosexuales dentro de los cuerpos policiales y militares de República Dominicana.

Lacen aseguró que la decisión judicial constituye “un atentado directo contra las buenas costumbres, la moral pública y los valores tradicionales que han guiado históricamente a la sociedad dominicana”. Afirmó que Codue ve con gran preocupación lo que considera un “peligroso precedente” con potencial para impactar la disciplina y el orden interno en las instituciones armadas.

Autoridad moral

El dirigente religioso manifestó que, con esta sentencia, el Tribunal Constitucional “relega el principio de autoridad moral que debe prevalecer en cuerpos como la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas”, al tiempo que entiende que la decisión podría generar conflictos internos y contradicciones con los reglamentos militares vigentes.

Asimismo, señaló que el fallo representa, a su juicio, “una imposición contraria a los valores cristianos y familiares del país”, llamando a los sectores sociales, religiosos y comunitarios a mantenerse vigilantes frente a lo que describe como “un proceso de erosión cultural”.

Legisladores consultados sobre el tema obviaron responder directamente alegando que necesitaban conocer la sentencia.

Algunos de ellos, como el diputado Tobías Crespo, del partido la Fuerza del Pueblo, aseveró que se deben respetar los derechos de las minorías, pero que estas, a su vez, deben respetar a las mayorías.

Debates
— Interpretaciones
La sentencia del Constitucional ha generado un amplio debate desde que se dio a conocer ayer, con opiniones a favor y en contra. Al tema en cuestión se le han dado diversas interpretaciones.

Fuente: https://eldia.com.do/